¿Perdió tu madre la nacionalidad española por casarse con un extranjero?
Si te encuentras en esta situación y es tu deseo optar por la nacionalidad española ponte en contacto con nuestro despacho.
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Aunque parezca llamativo son muchísimas las parejas que no saben en qué régimen están casados e incluso hay ocasiones en las que sabiéndolo, están equivocados.
Dado que nos encontramos en la Comunidad Valenciana y nuestros procedimientos son en su gran mayoría aquí, os explicamos cuál es la situación de los matrimonios en nuestra comunidad.
A los matrimonios celebrados entre el 30 de junio de 2008 y el 31 de mayo de 2016 que no hubieran otorgado capitulaciones matrimoniales les es de aplicación la Ley Valenciana 10/2007 sobre Régimen Económico Matrimonial Valenciano que se encuentra derogada, por lo que estarán casados bajo el régimen legal de SEPARACIÓN DE BIENES.
Pero ello no es tan sencillo, ya que en muchas ocasiones habrá que ir al caso concreto, ya que: ¿Qué sucede si se casan en Valencia dos personas que viven fuera de la Comunidad? O ¿qué pasará si un valenciano se casa en Galicia?.
Por todo ello, si se da alguna particularidad, habrá que ver si a dicho matrimonio se le aplica la derogada Ley o no ya que cada régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes) tiene sus ventajas y sus inconvenientes.
Por lo que, los cónyuges deberán asesorarse correctamente sobre qué régimen es el suyo y en el caso de que no hubieran contraído matrimonio, cuál se adecuaría mejor a su situación, para, en su caso, otorgar capitulaciones matrimoniales o no.
Para más información contacte con nosotros a través de nuestro número de teléfono: 961 365 497 o bien a través de nuestro formulario.