Si es el caso entonces esto te interesa.

Si  desde que se dictó Resolución, las circunstancias han cambiado, podrías modificarlas.

¿Qué se puede modificar?

La Pensión de alimentos, puedes subirla, bajarla o extinguirla (si se dan los requisitos para ello).

La Guarda y custodia, puedes cambiar lo establecido a Guarda y custodia materna, paterna o compartida.

El Régimen de estancias, comunicación y visitas, también los puedes modificar para aumentar, reducir o extinguir el mismo

Lo mismo con la Pensión compensatoria, o incluso el uso del domicilio familiar.

Si con el paso del tiempo han cambiado las circunstancias, y la resolución que dictaron no está a la altura, cuéntenos. Le ayudamos a mejorar su situación.

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