¿ES MOTIVO PARA DESPEDIR EL NO CONTESTAR A UN CORREO ELECTRÓNICO DURANTE LAS VACACIONES?

Desde Abogados CJ sabemos lo importante que es descansar y disfrutar de unos días de vacaciones y seguro que no es la primera vez que tratando de disfrutarlas no has podido desconectar debido a asuntos laborales.

Si eres de los que no puede disfrutar ni un minuto de vacaciones por estar recibiendo constantemente correos electrónicos de tu jefe/a, te interesa seguir leyendo este post.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha calificado como despido improcedente el de un trabajador que tras recibir un correo de carácter urgente durante su periodo de vacaciones no respondió al mismo.

En cuanto al caso concreto, el trabajador recibió un correo durante el periodo de vacaciones que éste se había pedido debido a que su hijo se encontraba ingresado en el hospital.

En este sentido, dice el tribunal que el trabajador se encuentra protegido por el derecho a la desconexión digital y que, por tanto, no tiene ninguna obligación de responder.

En cuanto a este derecho de desconexión, los correos electrónicos que se reciban no han de ser comparados con una orden empresarial la cual justifique el despido.

¡No nos olvidemos de nuestros derechos como trabajadores!

¡Que tengáis un buen día!

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