A partir de ahora, las viviendas “okupadas” en Madrid serán llevadas a cabo por juicios rápidos.
Según ha establecido la justicia madrileña, a partir del 1 de mayo las “okupaciones” de viviendas será sometidos a juicios rápidos.
Esto supondrá una agilización, de manera que de esta forma se reducirán los tiempos de respuesta. Así lo ha confirmado la Comisión de Policía Judicial de Madrid.
Para que esta medida pueda ser aplicada, será requisito imprescindible contar con la identificación personal de aquellos que se encuentren ocupando la vivienda.
Según nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuando la Policía Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de algún delito leve, formará de manera inmediata el correspondiente atestado que remitirá sin dilación al Juzgado de guardia
Además, se ha decidido que el órgano judicial que se encargará de ello será el Juzgado de guardia.
Esperemos que Madrid sea la CC.AA y que detrás de ella se unan el resto de comunidades en cuanto a garantizar el uso de la vivienda por su propietario.
¡Que tengáis un buen día!
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