TESTAMENTO DENOMINADO «DEL UNO PARA EL OTRO»

¿Como pueden afectar e influir los testamentos que denominamos del ‘uno para el otro’?
Este tipo de disposición testamentaria se considera como un legado y no perjudica la legítima que deben recibir los legitimarios, que solo tendrán derecho a su parte del tercio de la misma si no aceptan.

Una de las situaciones que más se repite cuando le preguntas o escuchas a la gente hablar de herencias es cuando el difunto deja todo su haber hereditario a su cónyuge. Con este tipo de testamentos, es posible que la pareja viuda aproveche la gran mayoría del caudal hereditario sin tener que preocuparse demasiado por la parte que corresponde a los descendientes del causante.

Aún así hay que revisar este tipo de situacion: las herencias deben reconocer que un tercio de los bienes debe ir obligatoriamente a los descendientes del causante o a sus ascendientes, si este no tiene hijos o si no están capacitados para recibirlo.

Con la disposición testamentaria ‘del uno para el otro’, se le lega al cónyuge que queda vivo el usufructo universal y vitalicio de todos los bienes que componen el patrimonio del difunto.
Los bienes no se pueden vender, esto quiere decir que, hasta que renuncie a ellos o hasta que fallezca, puede disfrutar del uso de los mismos, pero no los puede vender. Además no tienes la nuda propiedad, la cual corresponde a los herederos forzosos. Aun así, no se le exigirá al cónyuge que haga el inventario, por lo que no tendrá que tasar los muebles ni describir el estado de los inmuebles, ni que preste la garantía.

Al considerarse un legado, el usufructo del patrimonio no perjudica la legítima que deben recibir los herederos forzosos, que solo tendrán derecho a su parte del tercio de la misma si no aceptan, cediendo el tercio de mejora al cónyuge. Otra opción que tienen es llegar a un acuerdo para pagar el valor de los bienes en metálico o con otros bienes de la propiedad para poder usarlos.

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¡LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA SERÁN CONSIDERADOS MIEMBROS DE LA FAMILIA!

 

📢¡Los animales de compañía serían miembros de la familia a partir de hoy!📢

🎊 Hoy estamos de celebración, y es que ¿qué mejor noticia que esta para la noche de Reyes?

🐶Hoy entra en vigor una triple reforma en el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil que dota a los animales de compañía de determinados derechos que supondrían, entre otros puntos, que dejasen de ser meros bienes materiales.

Ello supone varios cambios, entre ellos:

👉En caso de separación/divorcio se podrán regular medidas para ellos.

👉Los animales domésticos tampoco podrán ser embargados o hipotecados.

Y un consejo que os queremos dar para hoy…tened en cuenta que los animales dan muchísimas alegrías pero también requieren de una gran responsabilidad, sino vas a saber darles el trato que merecen, no los utilices como regalo en estas fechas, ni en cualquier otra.

❤️ Y por supuesto, valorar adoptar antes de comprar.

DIFERENCIAS ENTRE TESTAMENTO Y DECLARACIÓN DE HEREDEROS

Las herencias ocasionan mucho estrés y angustia entre las familias debido a la cantidad de trámites que deben hacer en un momento tan complicado y duro como lo es la muerte de un ser querido. Por ello es muy fácil confundir cierta terminología hereditaria y los pasos a dar, como lo serían los testamentos y las declaraciones de herederos, pero es necesario conocer las diferencias y la utilidad de cada una de estas herramientas para realizar el proceso con éxito.

El testamento es el documento más conocido, en el se refleja la última voluntad del causante y de cómo quiere que se disponga tanto de su activo como de su pasivo una vez fallezca entre sus herederos. Para que sea efectivo, debe ajustarse a ciertos parámetros que permiten la redacción de numerosos tipos de testamento, y debe reconocer a los conocidos como herederos forzosos o legitimarios.

La declaración de herederos es un documento que se realiza si no existe o no se encuentra un testamento válido, o si el que existe se anula. De manera parecida al testamento, indica cómo se repartirán los bienes y deudas del fallecido, debe firmarse ante un notario y es necesario tanto como para aceptar y adjudicar la herencia como para liquidar el Impuesto de sucesiones y donaciones que varía dependiendo de la comunidad autónoma donde haya fallecido la persona.

En todos los casos, es más ventajoso tener un testamento a la mano que recurrir a una declaración de herederos. Por un lado, es un vehículo legal para que el causante exprese con claridad su voluntad, lo cual no abarca la declaración de herederos. Además, tiene un precio más barato en la notaría y no exige tanta documentación al momento de presentarlo.

Para obtener la declaración de herederos, es necesario presentar una cantidad de documentos que permitan llevar a cabo el trámite: los certificados de empadronamiento y de defunción del difunto, la certificación del Registro General de Actos de Última Voluntad y las del Registro Civil. También hacen falta dos testigos que conozcan a los familiares del fallecido. En situaciones así, la mejor opción es asesorarse por expertos en el tema como lo somos en abogados CJ.

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